Fecha de publicación: 28/07/2026

Indemnización por accidente de tráfico: cómo se calcula, plazos y baremo

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Hugo Vilaboa
Abogado
Derecho Civil
|
Derecho Civil
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28/07/2026
Indemnización por accidente de tráfico

Si ha sufrido lesiones en un accidente de tráfico, tiene derecho a una indemnización que repare de forma íntegra el daño sufrido. Esa cantidad no se negocia a ojo: se calcula con un baremo legal de aplicación obligatoria, el sistema de valoración del daño corporal que introdujo la Ley 35/2015. Según la Dirección General de Tráfico, en 2023 hubo más de 100.000 siniestros con víctimas en España. Conocer cómo funciona el baremo, qué plazos corren y qué hacer frente a la aseguradora marca la diferencia entre cobrar lo que corresponde y aceptar una oferta insuficiente. Este artículo le explica cada paso.

¿Cómo se calcula la indemnización por un accidente de tráfico?

La indemnización se calcula aplicando el baremo de tráfico, un sistema legal que asigna cuantías según el tipo de daño: muerte, secuelas permanentes o lesiones temporales. Para cada caso se suman tres categorías de perjuicio: el personal básico, el personal particular (que incluye el daño moral y estético) y el patrimonial (gastos y pérdida de ingresos).

El baremo está regulado en el Real Decreto Legislativo 8/2004, en la redacción que le dio la Ley 35/2015, en vigor desde el 1 de enero de 2016. Su principio rector es la reparación íntegra: la indemnización debe cubrir todos los perjuicios personales, patrimoniales y morales derivados del accidente, no solo las lesiones visibles.

¿Qué conceptos cubre la indemnización?

La indemnización cubre tres grandes supuestos, cada uno con sus propias tablas de cálculo. Dentro de cada uno se resarce el perjuicio personal (el daño a la persona) y el perjuicio patrimonial (el daño económico).

  • Muerte. Se indemniza a los familiares y allegados (cónyuge, hijos, padres, hermanos) con cantidades fijadas según el grado de parentesco y las circunstancias del caso.
  • Secuelas permanentes. Las lesiones que quedan tras la curación se puntúan médicamente y se traducen en una indemnización que depende de los puntos y de la edad del lesionado, más el perjuicio estético y la pérdida de calidad de vida.
  • Lesiones temporales. El periodo de curación se indemniza por días, según su gravedad, junto con los gastos médicos y la pérdida de ingresos de ese tiempo.

A esos conceptos se suma siempre el perjuicio patrimonial acreditado: facturas médicas, rehabilitación, prótesis, desplazamientos y el lucro cesante, es decir, los ingresos que el lesionado dejó de percibir. La indemnización final es la suma de todas las partidas aplicables.

¿Qué es el baremo de tráfico y cómo funciona?

El baremo de tráfico es un sistema de tablas que asigna una cuantía a cada tipo de daño corporal. Se organiza en tres tablas principales, una por cada supuesto indemnizable, y sus cantidades se actualizan cada año mediante resolución oficial publicada en el BOE.

TablaSupuestoCómo se valora
Tabla 1MuerteCantidades fijas por familiar, según parentesco y circunstancias
Tabla 2Secuelas permanentesPuntuación médica de 1 a 100; el valor del punto depende de la edad
Tabla 3Lesiones temporalesDías de perjuicio (básico, moderado, grave o muy grave)

En las secuelas, cada lesión residual recibe una puntuación según su gravedad, y el valor económico de cada punto es mayor cuanto más joven es el lesionado. En las lesiones temporales, cada día de baja se valora según su gravedad, con un importe superior para los días de hospitalización o ingreso en UCI. Las cuantías exactas se publican y actualizan cada enero.

¿Cuánto se cobra por día de baja y por secuelas?

Las cantidades dependen de la tabla aplicable y se actualizan anualmente. En las lesiones temporales se cobra una cantidad por cada día según su gravedad. En las secuelas, el importe resulta de multiplicar los puntos médicos por el valor del punto correspondiente a la edad del lesionado.

Tipo de día (lesiones temporales)SituaciónCuantía diaria orientativa
BásicoCuración sin pérdida de calidad de vidaEn torno a 40 €
ModeradoPérdida moderada de actividadesEn torno a 68 €
GravePérdida importante de actividadesEn torno a 98 €
Muy graveHospitalización o ingreso en UCIEn torno a 131 €

Estas cifras son orientativas y se revisan cada año. El valor del punto de secuela también varía: para un menor puede situarse en varios miles de euros por punto y va descendiendo con la edad. Por eso dos personas con la misma secuela pueden recibir indemnizaciones distintas según los años que tengan.

¿Qué plazo tengo para reclamar tras un accidente de tráfico?

El plazo para reclamar es de un año. No empieza a contar desde el día del accidente, sino desde la estabilización de las lesiones o el alta médica definitiva, que es el momento en el que se puede valorar el alcance real del daño. En caso de fallecimiento, el plazo corre desde la fecha del accidente.

Este plazo de un año es de prescripción, lo que significa que puede interrumpirse. Una reclamación formal a la aseguradora, una demanda o un requerimiento fehaciente reinician el cómputo desde cero. Conviene actuar con margen: si las lesiones tardan en estabilizarse, el plazo no corre hasta entonces, pero dejar pasar el año tras el alta sin reclamar puede hacer perder el derecho a la indemnización.

¿Cómo es el procedimiento de reclamación?

La reclamación suele empezar por la vía extrajudicial, frente a la aseguradora del responsable. La mayoría de los casos se resuelven sin llegar a juicio, pero la vía judicial queda siempre abierta si no hay acuerdo. El procedimiento sigue estos pasos:

  1. Documentar el accidente. Parte amistoso o atestado de la autoridad si el accidente es grave, y asistencia médica inmediata para dejar constancia de las lesiones desde el primer momento.
  2. Reunir la documentación. Informes médicos, pruebas, partes de alta, facturas y justificantes de todos los gastos.
  3. Reclamar a la aseguradora. Se notifica el daño a la compañía del responsable. Desde la reclamación, la aseguradora dispone de un plazo máximo de tres meses para emitir una oferta motivada, si acepta la responsabilidad, o una respuesta motivada, si la rechaza.
  4. Informe pericial. La valoración de las lesiones se apoya en un informe médico. El lesionado puede aportar su propio perito frente al de la aseguradora.
  5. Vía judicial. Si no hay acuerdo, se demanda y el juez fija la indemnización aplicando el baremo.

Frente a la aseguradora, el lesionado parte de una posición desigual, porque la compañía conoce el baremo y tiende a ofrecer la cifra más baja defendible. Por eso conviene plantear la reclamación con asesoramiento de un despacho especializado en reclamación de daños y perjuicios en A Coruña, que valore el alcance real de las lesiones antes de aceptar ninguna oferta.

¿Puedo reclamar el daño moral además de las lesiones?

Sí. El baremo incluye el perjuicio no patrimonial dentro del perjuicio personal particular. No se limita a las lesiones físicas y a los daños materiales: contempla también el sufrimiento, la pérdida de calidad de vida y el perjuicio estético derivados del accidente.

El perjuicio estético se indemniza cuando las secuelas alteran la apariencia física. La pérdida de calidad de vida se resarce cuando las secuelas limitan las actividades de la vida diaria, con cuantías que crecen según la gravedad. En los casos más graves, el baremo prevé también una indemnización para el perjuicio moral de los familiares del gran lesionado. En los supuestos de fallecimiento, el sufrimiento de los allegados se compensa mediante las cantidades fijas de las tablas de muerte.

¿Qué pasa si el responsable no tiene seguro o se da a la fuga?

Si el causante del accidente no tiene seguro, se da a la fuga o el vehículo es desconocido o robado, la indemnización la asume el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que actúa como fondo de garantía. En esos casos la reclamación se dirige al Consorcio en lugar de a una aseguradora privada.

Conviene aclarar otra situación frecuente: la culpa concurrente. Si la víctima contribuyó al accidente o al agravamiento de sus lesiones, por ejemplo por no llevar el cinturón, la indemnización puede reducirse de forma proporcional, hasta un máximo del 75%. Esa reducción no anula el derecho a cobrar, solo lo minora. Cuando intervienen varios vehículos responsables, la víctima puede reclamar a cualquiera de ellos, y el Consorcio de Compensación de Seguros actúa de forma subsidiaria cuando alguno carece de cobertura.

¿Estoy obligado a aceptar la oferta de la aseguradora?

No. La oferta motivada de la aseguradora es una propuesta de partida, no la indemnización definitiva. El lesionado puede rechazarla, pedir una valoración pericial más completa y acudir a juicio si la considera insuficiente. El baremo, eso sí, es vinculante: la aseguradora no puede ofrecer menos de lo que marcan las tablas oficiales.

Esta es una diferencia importante respecto a otros ámbitos del derecho de daños. En los accidentes de tráfico el baremo es de aplicación obligatoria, mientras que en las negligencias médicas tiene un valor solo orientativo. Además, si la aseguradora se retrasa en el pago sin causa justificada, el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro le impone intereses de demora elevados, con una finalidad disuasoria: el interés legal del dinero incrementado en un 50%, que se eleva a partir del segundo año. Ese recargo es un incentivo legal para que las compañías paguen a tiempo.

Lo que dicen los datos sobre la siniestralidad vial

La magnitud del problema se refleja en las cifras oficiales. Según la Dirección General de Tráfico, en 2023 se registraron más de 100.000 siniestros con víctimas en España, con más de 1.800 fallecidos. Los procedimientos por daños personales derivados del tráfico representan una parte relevante de la litigiosidad civil.

Detrás de cada cifra hay personas que deben reconstruir su vida y reclamar lo que les corresponde. La fase extrajudicial, frente a la aseguradora, es donde se decide la mayoría de los casos, y la solidez con la que se documente el daño desde el primer momento condiciona el resultado final.

Preguntas frecuentes sobre la indemnización por accidente de tráfico

¿Cómo se calcula la indemnización por un accidente de tráfico?

Se suman el perjuicio personal básico, el particular (daño moral y estético) y el patrimonial (gastos y pérdida de ingresos), aplicando las tablas del baremo según se trate de muerte, secuelas o lesiones temporales. La indemnización final es la suma de todas las partidas que correspondan al caso.

¿Qué es la oferta motivada de la aseguradora?

Es la propuesta formal de indemnización que la aseguradora debe emitir en un plazo máximo de tres meses desde la reclamación, cuando acepta su responsabilidad. No obliga a aceptarla: el lesionado puede rechazarla y reclamar judicialmente si la considera insuficiente.

¿Qué ocurre si el culpable no tiene seguro?

Interviene el Consorcio de Compensación de Seguros, un fondo público que indemniza a la víctima cuando el responsable carece de seguro, se da a la fuga o el vehículo es desconocido o robado. La reclamación se dirige al Consorcio en lugar de a una compañía privada.

¿La indemnización por accidente de tráfico tributa en el IRPF?

Las indemnizaciones por daños personales derivados de un accidente de tráfico, reconocidas conforme al baremo legal, están exentas del IRPF y no computan como renta. La tributación puede variar en partidas concretas, por lo que conviene revisar cada caso con asesoramiento.

¿Y si yo también tuve parte de culpa en el accidente?

La indemnización puede reducirse de forma proporcional a su grado de culpa, hasta un máximo del 75%, pero no se pierde el derecho a cobrar. La reducción se valora caso por caso según la contribución de la víctima al accidente o al agravamiento de sus lesiones.

¿Cuánto tiempo tarda en cobrarse una indemnización?

Depende de si las lesiones están estabilizadas y de si hay acuerdo con la aseguradora. La vía extrajudicial, con la oferta motivada en tres meses, es la más rápida. Si hay que acudir a juicio, los plazos se alargan según el juzgado y la complejidad de la valoración del daño.

Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico para un caso concreto. Si ha sufrido un accidente o está negociando una indemnización con una aseguradora, podemos estudiar su situación y valorar el daño antes de que dé cualquier paso.

Si ha sufrido un accidente de tráfico y quiere saber qué indemnización le corresponde antes de aceptar la oferta de la aseguradora, en VO Abogados valoramos el daño en detalle. Solicite una consulta con nuestro equipo.

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